Transparencia


LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO
Título Primero
Disposiciones Generales
Capítulo Primero
Disposiciones Generales

Artículo 66. Los sujetos obligados deberán publicar en el portal de internet referido, la información siguiente:

l. El marco normativo aplicable al sujto obligado, incluyendo leyes, códigos, reglamentos, decretos de creación, manuales administrativos, reglas de operación, criterios, políticas, y otros análogos;

ll. Su estructura orgánica completa, en un formato que vincule cada área con las atribuciones y responsabilidades que le corresponden a cada servidor público. Así también, deberá señalar, en su caso, a los prestadores de servicios profesionales; (Ref.P.O. No. 6, 25-I-16)

III. Las atribuciones, metas y objetivos de las Áreas de conformidad con sus programas operativos;

IV. Los indicadores que deban establecer relacionados con temas de interés público o trascendencia social conforme a sus funciones, deban establecer;

V. Los indicadores que permitan rendir cuenta de sus objetivos y resultados;

·POA 2018 ·1er trimestre2do trimestre3er trimestre4to trimestre
·POA 2019 ·1er trimestre2do trimestre3er trimestre4to trimestre
·POA 2020 ·1er trimestre2do trimestre3er trimestre4to trimestre
·POA 2021 ·1er trimestre2do trimestre3er trimestre4to trimestre
·POA 2022 ·Reporte Variable
·PEA 2023 ·1er trimestre2do trimestre3er trimestre4to trimestre
·PEA 2024 ·1er trimestre
·POA 2024 ·2do trimestre3er trimestre4to trimestre
·POA 2025 ·3er trimestre

VI. El directorio de los servidores públicos, a partir del nivel de jefe de departamento o su equivalente; o todos ellos, cuando se brinde atención al público; se manejen o apliquen recursos públicos; o se realicen actos de autoridad. Incluirá, al menos, nombre, cargo o nombramiento, nivel del puesto, fecha de alta, número telefónico, domicilio para recibir correspondencia y dirección de correo electrónico oficial.

VII. Los tabuladores de remuneraciones, que deberán indicar la remuneración bruta y neta de todos los Servidores Públicos de base o de confianza, de todas las percepciones, incluyendo sueldos, prestaciones, gratificaciones, primas, comisiones, dietas, bonos, estímulos, ingresos y sistemas de compensación, señalando la periodicidad de dicha remuneración; (Ref. P. O. No. 6, 25-I-16)

VIII. Los tabuladores de los gastos de representación y viáticos, así como el objeto e informe de comisión correspondiente; (Ref. P. O. No. 6, 25-I-16).                                   

IX. El número total de las plazas y del personal de base y confianza, especificando el total de las vacantes, por nivel de puesto, para cada unidad administrativa; (Ref. P. O. No. 6, 25-I-16)

X. Las contrataciones de servicios profesionales por honorarios, señalando los nombres de los prestadores de servicios, los servicios contratados, el monto de los honorarios y el periodo de contratación;                                                                           

XI. La información en Versión Publica de las declaraciones patrimoniales de los servidores públicos que así lo determinen, en los sistemas habilitados para ello;

XII. El domicilio de la Unidad de Transparencia, además de la dirección electrónica donde podrán recibirse las solicitudes para obtener información;

XIII. Las convocatorias a concursos para ocupar cargos públicos y los resultados de los mismos;                                                                                                                             

XIV. La información de los programas de subsidios, estímulos y apoyos, informar respecto de los programas de transferencia, de servicios, de infraestructura social y de subsidio, en los que se deberá́ contener lo siguiente:                                                   -No aplica para esta entidad

  1. Área.
  2. Denominación del programa.
  3. Periodo de vigencia.
  4. Diseño, objetivos y alcances.
  5. Metas físicas.
  6. Población beneficiada estimada.
  7. Monto aprobado, modificado y ejercido, así́ como los calendarios de su programación presupuestal.
  8. Requisitos y procedimientos de acceso.
  9. Procedimiento de queja o inconformidad ciudadana.
  10. Mecanismos de exigibilidad.
  11. Mecanismos de evaluación, informes de evaluación y seguimiento de recomendaciones.
  12. Indicadores con nombre, definición, método de cálculo, unidad de medida, dimensión, frecuencia de medición, nombre de las bases de datos utilizadas para su cálculo.
  13. Formas de participación social.
  14. Articulación con otros programas sociales.
  15. Reglas de operación o su equivalente.
  16. Informes periódicos sobre la ejecución y los resultados de las evaluaciones realizadas.
  17. Padrón de beneficiarios que contendrá: nombre o denominación social de las personas físicas y morales beneficiarias, el monto del recurso, beneficio o apoyo otorgado para cada una de ellas, unidad territorial, en su caso, edad y sexo.

XV. Las condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen las relaciones laborales del personal, así como los recursos económicos, en especie o donativos, que sean entregados a los sindicatos;

XVI. La información curricular, desde el nivel de jefe de departamento o equivalente, hasta el titular del sujeto obligado; así como, en su caso, las sanciones administrativas de que haya sido objeto; (Ref. P. O. No. 6, 25-I-16)

XVII. El listado de servidores públicos con sanciones administrativas definitivas, especificando la causa de la sanción y la disposición; (Ref. P. O. No. 6, 25-I-16)          

XVIII. Los servicios que ofrecen señalando los requisitos para acceder a ellos;

XIX. Los trámites que ofrecen, sus requisitos y formatos                    

XX. La información financiera sobre el presupuesto asignado, así́ como los informes del ejercicio trimestral del gasto, en términos de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y demás normatividad aplicable;                                                               -Presupuesto Asignado                                                                                                          -Informes del ejercicio trimestral del gasto  

1.- Estado de Actividades

2.- Estado de Situación Financiera.

3.- Estado de Variación en la Hacienda Pública.

4.- Estado de Cambios en la Situación Financiera.

5.- Estado de Flujos Efectivo.

6.- Informe sobre Pasivos Contingentes.

7.- Notas a los Estados Financieros.

8.- Estado Analítico del Activo.

9.- Estado Analítico de la Deuda y Otros Pasivos.

10.- Estado Analítico de Ingresos.

 11.- Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos Clasificación Administrativa.

 12.- Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos Clasificación Económina (Tipo de Gasto.

13.- Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos Clasificación por Objeto de Gasto.

14.- Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos Clasificación Funcional.

15.- Endeudamiento Neto.

16.- Intereses Deuda.

17.- Gasto por Categoría Programática.

18.- Indicadores de Resultados.

19.- Programas y Proyectos de Inversión.

XXI. La información relativa a la deuda pública, en términos de la normatividad aplicable;                      -El Patronato de las Fiestas no ha adquirido deuda pública durante el tercer trimestre 2025

XXII. Los montos destinados a gastos de comunicación social y publicidad oficial desglosada por tipo de medio, proveedores, número de contrato y concepto o campaña;

XXIII. Los informes de resultados de las auditorias al ejercicio presupuestal de cada sujeto obligado que se realicen;                                                                                           

  • Resultado de las Auditorías

XXIV. El Resultado de la dictaminación de los estados financieros; la información relativa a la deuda pública, en términos de la normatividad aplicable; el informe de la cuenta publica; y la aplicación de los fondos auxiliares especiales; (Ref.P.O. No. 6, 25-l-16)

XXV. Los montos, criterios, convocatorias y listado de personas físicas o morales a quienes, por cualquier motivo se les asigne o permita usar recursos públicos o en los términos de las disposiciones aplicables, realicen actos de autoridad. Asimismo, los informes que dichas personas les entreguen sobre el uso y destino de dichos recursos;                                                                    -El Patronato de las Fiestas del Estado de Querétaro no ha asignado a persona física o moral para la utilización de recursos públicos.                                                                                              

XXVI. Las concesiones, contratos, convenios, permisos, licencias o autorizaciones otorgados, especificando los titulares de aquéllos, debiendo publicarse su objeto, nombre o razón social del titular, vigencia, tipo, términos, condiciones, monto y modificaciones;                                                                                                                       

XXVII. La información sobre procedimientos de adjudicación directa, invitación restringida y licitación de cualquier naturaleza, incluyendo la versión pública del expediente respectivo y de los contratos celebrados, debiendo contener, por lo menos, lo siguiente:

a) De licitaciones públicas o procedimientos de invitación restringida:                                                 -No aplica para esta entidad 

  1. La convocatoria o invitación emitida, así́ como los fundamentos legales aplicados para llevarla a cabo.
  2. Los nombres de los participantes o invitados.
  3. El nombre del ganador y las razones que lo justifican.
  4. El Área solicitante y la responsable de su ejecución.
  5. Las convocatorias e invitaciones emitidas.
  6. Los dictámenes y fallo de adjudicación.
  7. El contrato y, en su caso, sus anexos.
  8. Los mecanismos de vigilancia y supervisión, incluyendo, en su caso, los estudios de impacto urbano y ambiental, según corresponda.
  9. La partida presupuestal correspondiente.
  10. Origen de los recursos especificando si son federales, estatales o municipales, así como el tipo de fondo de participación o aportación respectiva.
  11. Los convenios modificatorios que, en su caso, sean firmados, precisando el objeto y la fecha de celebración.
  12. Los informes de avance físico y financiero sobre las obras o servicios contratados.
  13. El convenio de terminación.
  14. El finiquito;

b) De las adjudicaciones directas:

  1. La propuesta enviada por el participante.
  2. Los motivos y fundamentos legales aplicados para llevarla a cabo.
  3. La autorización del ejercicio de la modalidad.
  4. La cotización considerada.
  5. El nombre de la persona física o moral adjudicada.
  6. La unidad administrativa solicitante y la responsable de su ejecución.
  7. El número, fecha, el monto del contrato y el plazo de entrega o de ejecución de los servicios u obra.
  8. Los mecanismos de vigilancia y supervisión, incluyendo, en su caso, los estudios de impacto urbano y ambiental, según corresponda.
  9. Los informes de avance sobre las obras o servicios contratados.
  10. El convenio de terminación.
  11. El finiquito.

XXVIII. Los informes que por disposición legal generen los sujetos obligados;

XXIX. Las estadísticas que generen en cumplimiento de sus facultades, competencias o funciones;

XXX. Informe de avances programáticos o presupuestales, balances generales y su estado financiero;

XXXI. Padrón de proveedores y contratistas;

XXXII. Los convenios de coordinación de concertación con los sectores social y privado;

XXXIII. El inventario de bienes muebles e inmuebles en posesión o propiedad;

XXXIV. Las recomendaciones emitidas por los órganos públicos del Estado u organismos internacionales garantes de los derechos humanos, así como las acciones que han llevado a cabo para su atención;                                                           

XXXV. Las resoluciones y laudos que se emitan en procesos o procedimientos seguidos en forma de juicio;                                                                                                 

XXXVI. Los mecanismos de participación ciudadana;                                                      -No aplica para esta entidad

XXXVII. Los programas que ofrecen, incluyendo información sobre la población, objetivo y destino, así como los trámites, tiempos de respuesta, requisitos y formatos para acceder a los mismos;

XXXVIII. Las actas y resoluciones del Comité de Transparencia de los sujetos obligados;                                                                                                                                 

XXXIX. Todas las evaluaciones y encuestas que hagan los sujetos obligados a programas financiados con recursos públicos;                                                                                                                                                  -El Patronato de las Fiestas del Estado de Querétaro, no ha realizado evaluaciones ni encuestas durante el tercer trimestre 2025.

XL. Los estudios financiados con recursos públicos;                                                                                                                 -El Patronato de las Fiestas no ha realizado estudios financiados con recurso públicos durante el tercer trimestre del 2025.

XLI. El listado de jubilados y pensionados y el monto que reciben;                                 

XLII. Los ingresos recibidos por cualquier concepto señalando el nombre de los responsables de recibirlos, administrarlos y ejercerlos, así́ como su destino, indicando el destino de cada uno de ellos;

XLIII. Donaciones hechas a terceros en dinero o en especie;                                                                                                        -El Patronato de las Fiestas del Estado de Querétaro no ha realizado donaciones en dinero o especie durante el tercer trimestre del 2025

XLIV. El catálogo de disposición y guía de archivo documental;                                     -En proceso

XLV. Las actas de sesiones ordinarias y extraordinarias, así́ como las opiniones y recomendaciones que emitan, en su caso, los consejos consultivos;

XLVI. Para efectos estadísticos, el listado de solicitudes a las empresas concesionarias de telecomunicaciones y proveedores de servicios o aplicaciones de Internet para la intervención de comunicaciones privadas, el acceso al registro de comunicaciones y la localización geográfica en tiempo real de equipos de comunicación, que contenga exclusivamente el objeto, el alcance temporal y los fundamentos legales del requerimiento, así́ como, en su caso, la mención de que cuenta con la autorización judicial correspondiente;                               -No aplica para esta entidad

XLVII. Cualquier otra información que sea de utilidad o se considere relevante, además de la que, con base en la información estadística, responda a las preguntas hechas con más frecuencia por el público.                                                                                                     -No aplica para esta entidad

Los sujetos obligados deberán informar a la Comisión cuáles son los rubros que son aplicables a sus páginas de Internet, con el objeto de que ésta verifique y apruebe, de forma fundada y motivada, la relación de fracciones aplicables a cada sujeto obligado.

Capítulo Tercero De las obligaciones de transparencias específicas de los sujetos obligados

Artículo 67. Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo del Estado y los municipios, deberán poner a disposición del público de manera actualizada la información siguiente:

I. El Plan Estatal de Desarrollo y el Plan Municipal de Desarrollo, según corresponda; -Nada que manifestar

II. El presupuesto de egresos y las fórmulas de distribución de los recursos otorgados;

III. El listado de expropiaciones decretadas y ejecutadas que incluya, cuando menos, la fecha de expropiación, el domicilio y la causa de utilidad pública y las descripciones superficiales; -No aplica para esta entidad

IV. El nombre, denominación o razón social y número del registro federal de los
contribuyentes de a quienes se les hubiere cancelado o condonado algún crédito fiscal, así como los montos respectivos. Asimismo, la información estadística sobre las exenciones previstas en las disposiciones fiscales; -Nada que manifestar

V. Los nombres de las personas nombradas como notarios públicos, así como sus datos de contacto, la información relacionada con el proceso de otorgamiento del nombramiento y las sanciones que se les hubieran aplicado; -No aplica para esta entidad

VI. Los planes de desarrollo urbano, ordenamiento territorial y ecológico, los cambios de uso de suelo y licencias de construcción otorgadas por los gobiernos municipales; -No aplica para esta entidad

VII. Las disposiciones administrativas que emitan, con el plazo de anticipación que
prevean las disposiciones aplicables al sujeto obligado de que se trate, salvo que su difusión pueda comprometer los efectos que se pretenden lograr con la disposición o se trate de situaciones de emergencia;

VIII. El contenido de las gacetas municipales, las cuales deberán comprender los
resolutivos y acuerdos aprobados por los Ayuntamientos; y -No aplica para esta entidad

IX. Las actas de sesiones de ayuntamiento, los controles de asistencia de
los integrantes a las sesiones y el sentido de votación de los miembros del ayuntamiento sobre las iniciativas o acuerdos. -No aplica para esta entidad